Mejora de las condiciones laborales en las plataformas digitales
Comisión Europea. 9 de diciembre de 2021Mejora de las condiciones laborales en las plataformas digitales.
Comisión Europea. 9 de diciembre de 2021
1.La Comisión Europea propone un conjunto de medidas para mejorar las condiciones laborales en las plataformas digitales y contribuir al crecimiento sostenible de dichas plataformas en la Unión.
Las nuevas normas garantizarán que las personas que trabajan a través de plataformas digitales puedan disfrutar de los derechos laborales y las prestaciones sociales a los que tienen derecho. Estas personas también se beneficiarán de protección adicional con respecto al uso de la gestión algorítmica (es decir, sistemas automatizados que ayudan o sustituyen a las funciones de gestión en el trabajo). Un conjunto común de normas de la Unión proporcionará mayor seguridad jurídica, permitiendo así que las plataformas digitales se beneficien plenamente del potencial económico del mercado único y de unas condiciones de competencia equitativas.
En el marco del paquete de medidas propuesto, la Comisión presenta:
a)Una Comunicación que establece el enfoque de la Unión y medidas relativas al trabajo en plataformas digitales. Dichas medidas se complementan con otras que las autoridades nacionales, los interlocutores sociales y demás partes pertinentes deben adoptar a su nivel respectivo. Esta Comunicación también pretende sentar las bases para la elaboración de futuras normas mundiales para el trabajo en plataformas digitales de calidad.
b) Una propuesta de Directiva sobre la mejora de las condiciones laborales en las plataformas digitales. Incluye medidas para determinar correctamente la situación laboral de las personas que trabajan a través de plataformas digitales, así como nuevos derechos tanto para los trabajadores como para las personas que trabajan por cuenta propia por lo que respecta a la gestión algorítmica.
c) Un Proyecto de Directrices que aclaran la aplicación del Derecho de la competencia de la Unión a los convenios colectivos de las personas que trabajan por cuenta propia sin asalariados y que tratan de mejorar sus condiciones laborales. Esto incluye a las personas que trabajan a través de plataformas digitales.
2.Directiva relativa a la mejora de las condiciones laborales en las plataformas digitales.
2.1.Situación laboral.
La Directiva propuesta pretende garantizar que a las personas que trabajan a través de plataformas digitales se les reconozca la situación laboral que corresponde a su modalidad de trabajo real. Proporciona una lista de criterios de control para determinar si la plataforma es un «empleador». Si la plataforma cumple al menos dos de esos criterios, se presume, desde un punto de vista jurídico, que es un empleador. Por tanto, las personas que trabajan a través de la plataforma en cuestión disfrutarían de los derechos laborales y sociales que conlleva la condición de «trabajador». Para quienes son reclasificados como trabajadores, esto significa que tienen derecho a percibir un salario mínimo (cuando exista), a la negociación colectiva, a la regulación de la jornada laboral y a la protección de la salud, así como derecho a disfrutar de vacaciones retribuidas o de un mejor acceso a la protección en caso de accidente de trabajo, a las prestaciones por desempleo y enfermedad y a las pensiones contributivas de jubilación. Las plataformas tendrán derecho a impugnar o «refutar» esta clasificación, pero deberán demostrar que no existe una relación laboral. Los claros criterios que propone la Comisión aportarán más seguridad jurídica a las plataformas, reducirán las costas procesales y facilitarán la planificación empresarial.
2.2.Gestión algorítmica.
La Directiva aumenta la transparencia en el uso de algoritmos por parte de las plataformas digitales, garantiza un seguimiento humano del respeto de las condiciones laborales y da derecho a impugnar las decisiones automatizadas. Estos nuevos derechos se concederán tanto a los trabajadores como a los verdaderos autónomos.
2.3.Ejecución, transparencia y trazabilidad.
Las autoridades nacionales a menudo tienen dificultades para acceder a los datos sobre las plataformas y a las personas que trabajan a través de ellas. Esto resulta aún más difícil cuando las plataformas operan en varios Estados miembros, de manera que no queda claro dónde se realiza el trabajo ni quién lo realiza.
La propuesta de la Comisión aumentará la transparencia en torno a las plataformas, al aclarar las obligaciones vigentes de declarar el trabajo a las autoridades nacionales y pedir a las plataformas que pongan a disposición de estas información clave sobre sus actividades y sobre las personas que trabajan a través de ellas.
La Comisión, en su Comunicación titulada «Mejores condiciones de trabajo para una Europa social más fuerte: aprovechar todas las ventajas de la digitaizacion pare el futuro del trabajo, hace un llamamiento a los Estados miembros, a los interlocutores sociales y a todas las partes interesadas pertinentes para que presenten medidas concretas con el fin de mejorar las condiciones laborales en las plataformas digitales. El objetivo es aprovechar las ventajas de la transformación digital y proteger la economía social de mercado europea. La Unión también quiere predicar con el ejemplo y contribuir a las futuras normas mundiales para el trabajo en plataformas digitales de calidad. Las plataformas operan de forma transfronteriza, lo que justifica un enfoque normativo transfronterizo.
3.Proyecto de Directrices sobre la aplicación del Derecho de la competencia de la Unión.
La Comisión también pone en marcha una consulta pública acerca del proyecto de Directrices sobre la aplicacion del Derecho de la competencia de la Union a los convenios colectivosde las personas que trabajan por cuenta propia sin asalariados, es decir, las personas que trabajan totalmente solas y no emplean a nadie. Este proyecto de Directrices pretende aportar seguridad jurídica y garantizar que el Derecho de la competencia de la Unión no obstaculice los esfuerzos que realizan determinadas personas que trabajan por cuenta propia sin asalariados por mejorar de manera colectiva sus condiciones de trabajo, incluida la remuneración, cuando se encuentran en situación de relativa debilidad; por ejemplo, cuando su poder de negociación está muy descompensado. El proyecto de Directrices abarca tanto las situaciones en línea como fuera de línea.
4.Próximas etapas.
La propuesta de Directiva presentada por la Comisión, relativa a la mejora de las condiciones laborales en el trabajo en plataformas digitales, será objeto de debate entre el Parlamento Europeo y el Consejo. Una vez que dicha Directiva haya sido adoptada, los Estados miembros dispondrán de un plazo de dos años para transponerla a su ordenamiento jurídico nacional.
El proyecto de Directrices sobre la aplicación del Derecho de la competencia de la Unión se someterá a una consulta pública de ocho semanas de duración para recabar las opiniones de las partes interesadas, tras lo cual dichas Directrices serán adoptadas por la Comisión. Estas Directrices serán vinculantes para la Comisión en su posterior interpretación y ejecución de las normas en materia de competencia de la Unión.
5.Contexto
La economía de plataformas está creciendo rápidamente. Hoy en día, más de 28 millones de personas en la Unión trabajan a través de plataformas digitales. En 2025, se espera que esta cifra alcance los 43 millones. La gran mayoría de estas personas son verdaderos autónomos. Sin embargo, se calcula que 5,5 millones de personas están clasificadas incorrectamente como autónomos. Entre 2016 y 2020, los ingresos en la economía de plataformas se multiplicaron prácticamente por 5, pasando de unos 3 000 millones de euros a unos 14 000.
Las plataformas digitales crean oportunidades tanto para las empresas como para los trabajadores y las personas que trabajan por cuenta propia, y mejoran el acceso a los servicios para los consumidores. Sin embargo, las nuevas formas de trabajo también plantean nuevos retos. Cada vez resulta más difícil clasificar correctamente a las personas con respecto a su situación laboral, lo que en algunos casos da lugar a unos derechos laborales y una protección social inadecuados. Además, el uso de algoritmos en las plataformas digitales puede suscitar dudas en materia de responsabilidad y transparencia.
En sus orientacione politicas, la presidenta Von der Leyen hizo hincapié en que «la transformación digital introduce cambios rápidos que afectan a nuestros mercados laborales», y se comprometió a estudiar «la forma de mejorar las condiciones laborales de los trabajadores de las plataformas». En el programa de trabajo de la Coimision para 2021 se anunció una iniciativa legislativa para mejorar las condiciones laborales en las plataformas digitales para finales de 2021, tras una consulta en dos fases dirigida a los interlocutores sociales. La propuesta en cuestión es una de las iniciativas clave del Plan de Acción del Pilar Europeo de Derechos Sociales.
De conformidad con el artículo 154, apartado 2, del TFUE, la Comisión llevó a cabo una consulta en dos fases dirigida a los interlocutores sociales europeos. La primera fase de consulta tuvo lugar entre el 24 de febrero y el 7 de abril de 2021. La segunda fase de consulta se inició el 15 de junio y finalizó el 15 de septiembre de 2021. Además, la Comisión mantuvo intercambios con muchas partes interesadas para fundamentar esta iniciativa, lo que incluyó reuniones específicas con empresas de plataformas, asociaciones de trabajadores de plataformas, sindicatos, representantes de los Estados miembros, expertos del mundo académico y de organizaciones internacionales y representantes de la sociedad civil. Los resultados del proceso de consulta figuran en el anexo de la evaluación de impacto que acompaña a la propuesta de Directiva.
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