Por José Manuel Suárez Robledano (magistrado y profesor de Derecho Internacional).
El día 27 de diciembre de 2023, se ha publicado en el diario La Razón, un artículo de José Manuel Suárez Robledano, en el cual el autor opina que la comprobación del cumplimiento de los acuerdos internacionales sobre no proliferación de armamento nuclear no ha sido siempre fácil, ni lo es en la actualidad, ya que existen varias sospechas de Estados que desarrollan en secreto planes del uso de la energía nuclear con fines no pacíficos.
“Hace poco se ha estrenado la película Oppenheimer, por cierto, una gran película en mi opinión que hace que lo hollywoodiense siga con pleno vigor, y que plantea toda la problemática histórica de la creación de la bomba atómica como carrera frente a los experimentos paralelos de la Alemania hitleriana del momento y las consecuencias de su empleo inmediato, ocasionando muchas muertes para acelerar el fin de la guerra mundial en Japón. Tras la segunda guerra mundial y la reunión de San Francisco en la que comienza a operarla ONU, se creó en el seno del naciente simposio permanente de las Naciones la OIEA, siglas de la que hablamos, funcionando con autonomía desde el año 1957 y con sede en Viena.
El impacto de las consecuencias humanas de las explosiones de Hiroshima y Nagasaki, y de los riesgos que un mal empleo de la energía atómica podía tener en el futuro, aconsejó la creación de una organización especializada dedicada al control de los posibles excesos en el empleo de dicha potente energía. La OIEA, por lo tanto, se caracteriza porque se crea desde el discurso “Átomos para la Paz” pronunciado en la Asamblea General de la ONU por el Presidente norteamericano Eisenhower en 1953 y, en su consecuencia, tiene por fines promover el uso pacífico de la energía nuclear y evitar su utilización para fines militares.
A los 66 años de su creación, el significado actual de la OIEA es aún más relevante en la evitación de la proliferación de armamento nuclear, desempeñando el papel de verificador internacional de los compromisos de los Estados en esta materia que, como se está viendo, ha ido aumentando con el paso del tiempo. Esa función principal de verificación consiste en comprobar, normalmente por medio de visitas de inspección, que los Estados no utilizan sus programas y actividades nucleares para fabricar armamento nuclear, permaneciendo desnuclearizados en ese aspecto.
La utilización de la energía nuclear con fines pacíficos, por lo tanto, es perfectamente lícita desde el punto de vista de los compromisos internacionales. En Europa, una de las tres Comunidades originarias de la actual Unión Europea, fue y ese lE U RATO M, siendo muchos los miembros de la UE que siguen explotando la energía nuclear de manera, a veces, muy intensiva (Francia, p. ej., con decenas de centrales nucleares) aunque otros, como España, han establecido una moratoria nuclear en el uso mismo de dicha energía.
La comprobación del cumplimiento de los acuerdos internacionales sobre no proliferación de armamento nuclear no ha sido siempre fácil, ni lo es en la actualidad, ya que existen varias sospechas de Estados que desarrollan en secreto planes del uso de la energía nuclear con fines no pacíficos. No obstante, en 1968 se aprobó el Tratado de no proliferación de armas nucleares y la OIEA ha implementado un Acuerdo de Salvaguardias Amplias que contiene las bases actuales de la verificación que lleva acabo la organización internacional especializada.De conformidad condicho Acuerdo, un Estado se compromete a aceptar salvaguardias sobre todos los materiales nucleares en todas las actividades nucleares con fines pacíficos realizadas en su territorio, bajo su jurisdicción o efectuadas bajo su control en cualquier lugar a efectos de verificar que dichos materiales no se desvían hacia armas nucleares u otros dispositivos nucleares explosivos.
En lo que se refiere a los tipos de Acuerdos suscritos entre los Estados y la OIEA, son de cuatro clases, a saber: los ya citados, conocidos como ASA; los de salvaguardia para elementos específicos con la India, Pakistán e Israel; y los acuerdos de oferta voluntaria con los países que poseen armas nucleares, que son China, Francia, Rusia, Reino Unido y USA. Después, a partir de 1997, se han establecido Protocolos Adicionales suscritos con los Estados, y se ha activado el uso de satélites para efectuar las verificaciones sobre los Estados además de las inspecciones in situ.
Actualmente, al cumplirse más de 75 años del empleo de la energía nuclear con fines militares, se dice que estamos frente a otra posible carrera armamentística de proliferación de armas nucleares. Parece que la palabra para evitar cualquier mal posible la tienen USA, Rusia y China, o sea, las grandes potencias nucleares, debiendo conocer que, según fuentes de la Arms Control Association en el año 2020, Rusia tenía 6.375 cabezas nucleares y USA 5.800, mientras que, ya muy lejos de tales enormes cifras, se situaban China, Reino Unido y Francia con 320, 215 y 290 cabezas respectivamente.
Por último, en España se mantienen contactos permanentes con la OIEA para evaluar investigaciones sobre técnicas isotópicas de los sistemas de riego, se coordina con ella para organizar foros iberoamericanos de organismos reguladores nucleares, la celebración de un Taller sobre protección de trabajadores expuestos a radiación ionizante, la adopción de medidas de seguridad nuclear en grandes eventos públicos y experiencias en el CIEMAT”.
(Fuente: Diario del Derecho-Iustel. 27 de diciembre de 2023)
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